LA SEG DE CAM IMPULSA PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE VIOLENCIA DE GÉNERO
El día 15 de Noviembre pasado, la Secretaría de Equidad de Género (SEG) CAM, concretó una reunión importante con las mujeres mutualistas referentes provinciales de varias provincias, profundizando la agenda de trabajo y poniendo en foco el tema del Desarrollo de Protocolo o Manual de Buenas Prácticas para de prevención e intervención ante situaciones de violencia de género y que se pondrá a disposición de las entidades de base que conforman el colectivo CAM, con el apoyo de las Federaciones. El día 25/11 se dará a conocer mediante reunión virtual de la SEG de CAM el Plan de Trabajo.
La promoción e implementación de Protocolos se promoverá desde cada Federación provincial, en particular desde las Comisión de Mujeres/Secretarías de Géneros/Referente en SEG; en los caso de no contar con la misma, el asesoramiento se brindará desde la SEG CAM. Se aspira a comprometer, acompañar y supervisar a mutuales federadas y federaciones en CAM, en la elaboración de sus propios Protocolos en un plazo de 12 meses. Objetivo General de la propuesta: a) Promover el compromiso de las entidades confederadas, con la erradicación de las violencias y la discriminación por motivos de género en interior de las organizaciones mutuales, mediante la implementación de Protocolo de prevención y abordaje de las mismas. Objetivos Específicos: 1) Promover la elaboración e implementación de Protocolo, mediante la participación en la Propuesta de SEG CAM. 2) Garantizar la organización interna para el asesoramiento y seguimiento a las entidades mutuales. 3) Promover espacios de estudios y seguimiento al interior de las Comisiones/Secretarias SEG CAM.
Un Poco de Historia sobre esta iniciativa
La Secretaría de Equidad de Géneros en noviembre de 2021, adhirió conjuntamente con las Federaciones que la conforman, integrantes de la Confederación Argentina (CAM), a la Campaña Tolerancia a la Violencia Contra las Mujeres, impulsada por el Gabinete de Género del entonces Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación.
Presentó un Plan de Acción en el Marco de la misma, que contenía siete acciones, que se desarrollaron en el transcurso del año 2022. La 3° actividad del Plan de Acción, Desarrollo de Protocolo o Manual de Buenas Prácticas para de prevención e intervención ante situaciones de violencia de género, fue la retomada en el año 2023, por especial requerimiento de la Presidencia de CAM, Lic. Alejandro Russo, para ser promovida y supervisada desde la Confederación a través de las Federaciones.
Particularmente el desarrollo de Protocolo, fue una de las acciones propuestas al concluir las capacitaciones en Ley Micaela, pero la concreción de los mismos no fue la esperada, razón por la cual, vuelve a constituirse en una de las acciones centrales del tópico Abordaje de las Violencias, en la Agenda de las SEG la Igualdad de Géneros para la Sostenibilidad de Vida.
La planificación de la acción fue construida en conjunto con las provincias que conforman la SEG, considerando el marco normativo vigente, las particularidades territoriales y los antecedentes disponibles, por ej., la Guía para construir un protocolo de prevención e intervención ante situaciones de violencia de género en las entidades de la Economía Social y Solidaria de la Unidad de Géneros y Diversidad de INAES, Protocolos elaborados por federaciones y mutuales, entre otros.
Definimos la violencia contra las mujeres “…toda conducta por razones de género, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, su participación política, como así también su seguridad personal”. La ley considera violencia indirecta “toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón”. Ley N° 26485 de 2009 Protección Integral a las mujeres, para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia.
La Convención 190 sobre Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificada en por nuestro país en Noviembre de 2020, define como violencia y acoso a “…un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género y…”. Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190) Art.1
Compartimos que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos, su incompatibilidad con el trabajo decente y su impacto diferenciado en las mujeres y diversidades, entre otras implicancias, lo que determina la prioridad de nuestra intervención.