CAM expresa su preocupación por el decreto que regula a mutuales de salud
El Boletín Oficial de la Nación publicado el 23 de enero, da cuenta del Decreto 66/2019, el cual introdujo modificaciones al anterior decreto 1993/2011 referido a la Ley 26.682 de Medicina Prepaga, originado a fines del 2011.
Entre las varias reformas manifestadas, que afectan a mutuales que prestan el Servicio de Salud, la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM) ve con especial preocupación el Art. 6°, donde se elimina al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) como órgano de competencia sobre la actividad. Esta decisión del Poder ejecutivo claramente desconoce la competencia del Instituto en el marco de la Ley 19.331.
El servicio prestado por la ayuda mutua, de base solidaria, con una larga trayectoria y un sólido arraigo territorial en nuestro país, no puede equipararse a la actividad con fines lucrativos de la medicina prepaga. La medicina solidaria atiende, fundamentalmente, pequeñas comunidades donde el sistema privado no encuentra “rentabilidad”, con precios justos y muchas veces como complemento de otras coberturas.
Desde la publicación del Decreto a este momento, la Confederación Argentina de Mutualidades y su confederada, Famsa, trabajan activamente para tener una participación activa en la Comisión Técnica, mencionada en la reglamentación. El mutualismo organizado busca, de esta manera, optimizar los recursos de las organizaciones portadoras del Servicio de Salud de la economía social y solidaria y formar parte de las decisiones que las afectan de manera directa.