Acuerdo salarial suscrito con UTEDYC
Luego de recibir distintas sugerencias y aportes provenientes de Federaciones y Mutuales cuyos empleados se encuentran comprendidos en la Convención Colectiva de Trabajo 496/07, es que la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM) en la persona de su presidente el Lic. Alejandro Russo y en un todo de acuerdo a las facultades conferidas por el Consejo Directivo de esta entidad, suscribió el día 19 de agosto de 2015 con la UNION DE TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) representada en ese acto por los señores Carlos Orlando BONJOUR- Secretario General Nacional- Gustavo PADIN- Secretario Gremial Nacional- María Marcel CARRETERO- Subsecretaria Gremial- Flavia CHENA- Representante Negociadora- y Víctor MERCADO- Representante Negociador-, con la asistencia de la Dra. María Josefina ESTRELLA, por el sector de los trabajadores.
Por la parte empleadora suscribieron el acuerdo la CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE MUTUALIDADES (CAM), representada por su Presidente, Alejandro RUSSO, el MUTUALISMO ARGENTINO CONFEDERADO (MAC) representado por su Presidente, Joaquín Mario VILELLA, y la CONFEDERACIÓN NACIONAL DE MUTUALIDADES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CONAM), representada por Darío MARTINEZ CORTI, estableciendo el siguiente aumento salarial para el personal comprendido en la citada CCT, a saber:
- A partir del 1 de julio de 2015, los nuevos salarios básicos convencionales de las categorías contempladas en el CCT 496/07 serán un aumento distribuido de la siguiente manera: 10 % julio 2015, 5% agosto 2015 y 15% enero 2016 sobre los haberes de junio 2015.
- Las partes expresamente reconocen que el presente acuerdo salarial cobra vigencia a partir de la fecha de su celebración y que tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2016. Asimismo, las partes establecen que quedan obligados los empleadores a otorgar los valores salariales pactados, sin perjuicio de la fecha del dictado del acto de homologación por parte de la autoridad administrativa laboral.
- Las partes establecen que se reunirán en la primera quincena de octubre de 2015 para considerar modificaciones al convenio colectivo 496/07, en función de las necesidades que surgen en la organización del trabajo en este sector de actividad. En tal sentido, analizarán las nuevas categorías a incorporar dentro de los sectores: Profesores y Guardavidas, Camping y Hoteles y otros. Asimismo se evaluará la posibilidad de otras modificaciones en el convenio.
- Las partes ratifican la vigencia de la contribución solidaria establecida en el artículo 51 del CCT 496/07.
- Ambas representaciones solicitarán la homologación del presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, como acta complementaria del CCT 496/07.
Lic. Alejandro J. Russo Presidente CAM |
Sr. Walter Hugo Schvemmer Secretario CAM |